I.5.- Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
En este tema aparece todo lo relativo al ius variandi o derecho a la modificación o variación de la vida del contrato, para adaptarlo a las necesidades empresariales. Su regulación considera, con acierto o no, los derechos de los trabajadores, y, por tanto, las condiciones para que esta modificación se produzca,
Esta variación puede venir dada por:
- Movilidad funcional: Modificación de las funciones establecidas en el contrato.
- Movilidad geográfica: modificación del lugar de la prestación del servicio.
- Modificación sustancial de las condiciones de trabajo: modificación de condiciones tales como el horario, los turnos, el salario y otros.
- Suspensión del contrato de trabajo: quedan suspendidas o interrumpidas las obligaciones propias del contrato de trabajo, la de prestar un servicio y la de remunerar.
- Extinción del contrato de trabajo: el contrato finaliza y acaban las obligaciones propias del mismo.
En cada una de las pestañas siguientes, hay una explicación de cada uno de estos supuestos.
SUBAPARTADOS
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